viernes, 5 de marzo de 2010

AUTORIDAD.

(GR. "EXUSIA")

En griego clásico, el término exusía indica la posibilidad de ejecutar una acción en cuanto no se oponen obstáculos, a diferencia de dynamis, "fuerza", que denota una capacidad intrínseca del sujeto.

Más tarde, exusía pasa a designar la posibilidad de acción concedida por una norma superior y, por tanto, el derecho a hacer algo o actuar sobre algo; también, en sentido absoluto, el derecho que en los diversos contextos se configura como "potestad", "permiso", "libertad". Ante todo,

a) la posibilidad y el derecho a actuar, que en la estructura jurídica del Estado emana del rey, se comunica a los magistrados y, en los negocios jurídicos, a los particulares;

b) cualquier derecho comparable del anterior: el del padre sobre el hijo, del amo sobre el esclavo, del propietario sobre sus bienes; además, el derecho y la posibilidad de autodeterminación propios del hombre libre.

En la traducción griega de los LXX, exusía indica ante todo el derecho, el poder, el permiso y la libertad en sentido jurídico y político, y, en consecuencia, el permiso o derecho dado por Dios. En los escritos tardíos (Daniel y Macabeos) designa el poder del rey y el de Dios y, en general, cualquier poder que deba regular las relaciones humanas en la vida ordinaria; secundariamente se llama exusía a la persona revestida de autoridad (1 Mac 10,38).

Cuando denota la potencia divina expresa la absoluta soberanía de Dios, cuya palabra es potencia; en los escritos más antiguos esta noción se formulaba como "estar algo en las manos de alguien" (2 Sm 24,14; 1 Cr 29,12 y passim).

A la exusía o autoridad se opone el precepto negativo "no es lícito/ no está permitido" (Mc 2,24).

En los evangelios, unida a la idea de rey ya la de señor está la de "autoridad" (gr. exusía), que, como se ha visto, es una cualidad propia de Dios o del hombre, que se manifiesta en la capacidad de actuar libre y eficazmente sobre personas, instituciones u objetos: "libertad para" hacer o disponer de algo; es, por tanto, una autoridad soberana o comunicada por el soberano.

Para ver el cambio que dan los evangelistas al contenido de la exusía respecto al AT examinemos el texto de Mc 2,10: "El Hombre tiene autoridad en la tierra para perdonar pecados". El pasaje se encuentra en la perícopa del paralítico (Mc 2,1-13), que en Marcos tiene por tema la salvación ofrecida a la humanidad pagana (universalidad del reino), privada de vida por "sus pecados". Marcos presenta a Jesús, el Hombre, como al que ejerce una función propia de Dios, ocupando su lugar en la tierra. Esto es efecto de la posesión de la "autoridad", que es, por tanto, una autoridad divina.

La actividad divina que ejerce el Hombre en la escena del paralítico es doble: "cancelar los pecados" (2,5: "se te perdonan tus pecados") y "comunicar vida" (2,11s: "Levántate, etc."): Dios es presentado, por tanto, no como el que va a castigar a los pueblos paganos, sino como el que borra su pasado y los vivifica. Es la primera característica de Dios que se manifiesta en Jesús. Para esto sirve su autoridad, sin distinción de judíos y paganos: no es el derecho y capacidad de dar órdenes y dominar a los hombres, sino de comunicarles vida.

Si se comapara este concepto de la autoridad con el que aparece en el libro de Daniel, se ve la diferencia. En Dn 7,13s se dice así: "En la visión nocturna vi venir en las nubes del cielo una figura humana (Lit.: "como un hijo de hombre"), que se acercó al anciano (Dios) y se presentó ante él. Se le dio autoridad (LXX), y toda nación según su raza y toda gloria le servirán: y su autoridad es autoridad eterna, que no le será quitada, y su reino no decaerá".

Esta figura humana que aparece como lugarteniente de Dios se interpreta al final del capítulo como el pueblo de Israel (7,27): "Y su realeza (la de la cuerta fiera, el último imperio destruido), su autoridad y su grandeza, y el poder sobre los reinos bajo el cielo se dio al pueblo santo del Altísimo para que empiece a reinar con un reinado eterno, y todas sus autoridades se le someterán y le obedecerán". En el texto hebreo, el personaje de la visión, que representa al pueblo, recibe el poder antes concedido a Nabucodonosor, con los mismos términos (Dn 4,33; 5,18), con la diferencia de que el suyo es eterno.

Como se ve, a la "figura humana" ("como un hijo de hombre"), que en la profecía representa a un colectivo (Israel), se opone en Mc 2,10 "el Hombre" ("el Hijo del Hombre"), que también representa a un colectivo, a Jesús y a los que de él reciben el Espíritu. En uno y otro caso se tiene la exusía o autoridad; pero, en Daniel, para dominar a la humanidad; en Marcos, para borrar su pasado y darle vida: no para el dominio, sino para el servicio del hombre.

La "autoridad" se descubre por su manifestación; su raíz no es otra que el Espíritu de Dios, la fuerza de vida divina comunicada a Jesús (Mc 1,10); la autoridad/capacidad/libertad de acción y disposición (divina) se recibe con el Espíritu. La posesión de la exusía manifiesta la del Espíritu.

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